jueves, 5 de abril de 2012

Definición de violencia

No existe acuerdo con respecto a la definición de la violencia generalmente aceptada. Por ejemplo, Rosenberg y Mercy (1991) incluyen en su definición todos los casos de violencia interpersonal mortal o no, en los que una persona hace uso de la fuerza física o de otros medios con la intención de causar daños, lesiones o la muerte a otra persona. La Comisión para el Conocimiento y el Control de los Comportamientos Violentos elegida por la National Academy of Sciences de Estados Unidos adoptó la siguiente definición de violencia: Comportamientos de individuos que amenazan, intentan infligir o infligen un daño físico a otros de forma intencionada (Reiss y Roth 1993).
Ambas definiciones se ocupan sobre todo de la amenaza o del daño físico causado. Sin embargo, excluyen los casos en los que el insulto, el acoso y la humillación verbales, u otras formas de trauma psicológico, son el único daño infligido a la víctima, aunque no por ello menos demoledor. Tampoco contemplan el acoso sexual, que puede ser físico, aunque no es lo más habitual. Los investigadores encargados de la realización de la encuesta nacional sobre los trabajadores estadounidenses llevado a cabo por Northwestern National Life Insurance Company, dividieron los actos violentos en: acoso (acto de crear un ambiente hostil mediante palabras, acciones o contactos físicos molestos que no tengan como consecuencia un daño físico; amenazas (manifesta- ciones de la intención de causar un daño físico), y agresiones físicas (ataques violentos, con o sin uso de armas) (Lawless 1993).
En el Reino Unido, la definición de violencia en el lugar de trabajo por la que se rige el Health and Safety Executive es “todo inci- dente en el que un trabajador sea insultado, amenazado o agre- dido por otra persona en circunstancias surgidas durante el desempeño de su trabajo. Los agresores pueden ser pacientes, clientes o compañeros de trabajo” (MSF, 1993).
El término violencia se emplea en este artículo en su sentido más amplio, de forma que abarca cualquier tipo de comporta- miento agresivo o insultante susceptible de causar un daño o molestias físicas o psicológicas a sus víctimas, ya sean estos objetivos intencionados o testigos inocentes involucrados de forma no personal o accidental en los incidentes. Si bien los lugares de trabajo pueden ser objeto de atentados terroristas o pueden verse envueltos en revueltas y tumultos, no se tratarán esas circunstancias.

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