viernes, 26 de junio de 2015

CONVENIOS INTERNACIONALES SOBRE EL MEDIO AMBIENTE - De Estocolmo a Río


En los años 1972 a 1992 se produjo un inusitado crecimiento del número y variedad de las normas de derecho ambiental interna- cional. Buena parte de este esfuerzo legislativo es directamente imputable a la Conferencia de Estocolmo. En la importante Declaración de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente Humano de 1972 no sólo se formularon diversos principios, la mayoría de los cuales eran de lege ferenda (esto es, que enunciaban cómo debía ser el derecho y no como era en realidad), sino que también se adoptaron un Plan de actuación ambiental de 109 puntos y una Resolución en los que se recababa el apoyo institucional y financiero de la ONU para su aplicación. El resultado de esta invocación fue la creación, con sede en Nairobi, del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) en virtud de una Resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas (UNGA 1972). El PNUMA ha patrocinado directamente la negociación de una serie de tratados de ámbito mundial sobre el medio ambiente, así como el desarrollo del importante Programa de Mares Regio- nales, que se ha traducido en la aprobación de una serie de ocho convenios marco regionales para la protección del medio ambiente marino, a cada uno de los cuales se ha unido un protocolo ajustado a las características específicas de la región. Varios programas regionales se encuentran aún en proceso de gestación.
Con objeto de facilitar el análisis del gran volumen de conve- nios ambientales elaborados durante este período, aquéllos se han agrupado en varias categorías: conservación de la natura- leza, protección del medio ambiente marino y regulación de los impactos ambientales internacionales.

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