miércoles, 15 de julio de 2009

Convenio internacional para la prevención de la contaminación causada por buques, 1973, modificado por el Protocolo de 1978 (I)

En este documento se estipulan normas para la prevención de la contaminación por aceite, por líquidos nocivos a granel, por contaminantes envasados o en contenedores, cisternas o vagones de carretera o ferrocarril, por aguas resi- duales y por basuras. Los requisitos establecidos en esta norma- tiva se amplían en el Código marítimo internacional de sustancias peligrosas.
Existe un importante corpus de reglamentación internacional sobre el transporte de sustancias nocivas por aire, ferrocarril, carretera y vías navegables (en muchos países convertido en legislación nacional). En la mayoría de los casos se ha tomado como base normas impulsadas por Estados Unidos y se contem- plan los principios de identificación, etiquetado, prevención y mitigación. El Comité de Expertos de las Naciones Unidas sobre el Transporte de Materiales Peligrosos ha elaborado unas Reco- mendaciones sobre el transporte de sustancias peligrosas. Esas normas van dirigidas a los Estados y las organizaciones internacionales inte- resadas en la reglamentación del transporte de sustancias peli- grosas. Entre otros aspectos, las recomendaciones comprenden principios de clasificación y definición de categorías, enumera- ción de los componentes de las sustancias peligrosas, requisitos generales de embalaje, procedimientos de prueba, elaboración, etiquetado o rotulado, y documentos de transporte. Las reco- mendaciones (“Libro naranja”) no tienen fuerza de ley, pero constituyen la base de todos los reglamentos internacionales adoptados por diversas organizaciones:

• Organización Internacional de la Aviación Civil: Instrucciones técnicas para la seguridad del transporte aéreo de sustancias peligrosas
(Tis)
• Organización Marítima Internacional: Código marítimo internacional de sustancias peligrosas (Código IMDG)
• Comunidad Económica Europea: Acuerdo europeo sobre el transporte internacional por carretera de sustancias peligrosas (ADR)
• Oficina de Transporte Ferroviario Internacional: Reglamento sobre el transporte internacional ferroviario de sustancias peligrosas (RID).

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