Las longitudes de onda de la radiación infrarroja (IR) están comprendidas entre 780 nm y 1 mm. Según la clasificación de la Comisión Internacional de Iluminación (CIE), esta banda se subdivide en IRA (de 780 nm a 1,4 m), IRB (de 1,4 ma3 m)
e IRC (de 3 m a 1 mm). Tal subdivisión se ajusta de manera aproximada a las características de absorción dependiente de la longitud de onda de la IR en el tejido y a los diferentes efectos biológicos resultantes.
La cantidad y la distribución temporal y espacial de la radiación infrarroja se expresan mediante diferentes magnitudes y unidades radiométricas. Debido a las propiedades ópticas y fisiológicas, especialmente del ojo, normalmente se hace una distin- ción entre fuentes “puntuales”, es decir, pequeñas, y fuentes
“extendidas”. El criterio para esta distinción es el valor en radianes del ángulo () medido en el ojo, subtendido por la fuente. Este ángulo puede calcularse como un cociente, divi- diendo la dimensión D1 de la fuente luminosa por la distancia de visión r. Las fuentes extendidas son aquéllas que subtienden un ángulo de visión en el ojo mayor que min, cuyo valor es normalmente de 11 milirradianes. Para todas las fuentes extendidas hay una distancia de visión en que es igual a min; a distancias de visión mayores se puede tratar la fuente como puntual. En lo que a protección contra la radiación óptica se refiere, las magni- tudes más importantes relativas a las fuentes extensas son la radiancia (L, expresada en Wm-2sr-1) y la radiancia integrada en el tiempo (LP en J m-2sr-1), que expresan el “brillo” de la fuente.
A efectos de valorar el riesgo para la salud, las magnitudes más importantes relativas a las fuentes puntuales o extensas, a distan- cias de la fuente tales que min, son la irradiancia (E, expresada en Wm-2), que es equivalente al concepto de tasa de dosis de exposición, y la exposición radiante (H, en Jm-2), que equivale al concepto de dosis de exposición.
En algunas bandas del espectro, los efectos biológicos debidos
a la exposición dependen mucho de la longitud de onda. Por lo tanto, es preciso utilizar magnitudes espectrorradiométricas adicionales (por ejemplo, la radiancia espectral, L , expresada en Wm-2 sr-1 nm-1) para ponderar los valores físicos de la emisión de la fuente con el espectro de acción aplicable relacionado con el efecto biológico.
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