Para la protección de la retina contra lesiones térmicas en caso de exposición a luz visible (por ejemplo, en el caso de fuentes luminosas potentes, la radiancia espectral L en W/(m² sr nm) ponderada con respecto a la función de riesgo térmico para la retina R (véase la Tabla 49.2) sobre el intervalo de longitudes de onda y sumada sobre la gama de longitudes de onda de 400 a 1.400 nm, no deberá exceder de:
siendo t la duración de visión limitada a intervalos de 10-3 a 10 segundos (es decir, en condiciones de visión accidentales, no de visión fija) y el ángulo subtendido para la fuente en radianes calculado para = máxima extensión de la fuente/distancia a la fuente R (Tabla 49.2).
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viernes, 20 de junio de 2014
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